Diferencias entre ahorrar en depósitos o invertir en fondos
Los bancos ofrecen diversas alternativas de ahorro y de inversión a sus clientes, entre ellas, los fondos de inversión y los depósitos a plazo fijo. Ambas opciones son totalmente distintas y es muy importante conocerlas bien para saber si se ajustan al perfil (inversor o ahorrador) de cada cliente. A continuación, te contamos sus características y sus diferencias.
Depósitos a plazo fijo: ahorrar
Los depósitos a plazo son productos con un riesgo muy limitado, tal y como se explica más adelante. Su funcionamiento es muy sencillo. El cliente contrata este producto y debe mantenerlo durante un periodo de tiempo determinado. A cambio, al vencimiento del producto recibirá el dinero depositado más la rentabilidad pactada1.
El periodo de vencimiento que se suele ofrecer por regla general es de tres, seis, doce, dieciocho, veinticuatro o treinta y seis meses.
Es muy difícil perder el dinero depositado en este producto, dado que, aunque quebrara la entidad en la que se ha contratado, la recuperación de todo o una parte del dinero estaría garantizada por el Fondo de Garantía de Depósitos (FGD) correspondiente. Este organismo garantiza la recuperación de hasta 100.000 € por persona y banco, siempre que se trate de una entidad con licencia bancaria en España y que el dinero se encuentre en productos como cuentas corrientes, de ahorro o depósitos a plazo2. En otros países europeos operan otros Fondos de Garantía de Depósitos, dado que por el momento no existe uno común para toda el área de la Unión Europea3.
Fondos de inversión: invertir
Los fondos de inversión son productos muy diferentes. Se trata de vehículos de inversión en los que se suma el dinero de varias personas para invertirlo de forma conjunta y obtener una rentabilidad4.
Las aportaciones de cada cliente se invierten en distintos activos o instrumentos financieros, y la evolución de estos en los mercados es lo que determina la rentabilidad que se obtiene, ya sea positiva o negativa5.
Como explican desde la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV)6, hay, principalmente, dos tipos de fondos: de inversión mobiliaria (que invierten en activos financieros) o inmobiliaria (que invierten en inmuebles para su explotación en alquiler).
Los fondos de inversión mobiliaria, a su vez, pueden ser de muchos tipos, pero los más comunes, son: Fondos monetarios (invierten en renta fija muy a corto plazo), Fondos de renta fija, Fondos mixtos (invierten una parte en renta fija y otra en renta variable) y Fondos de renta variable, aunque existen otras categorías.
¿Cuál es la diferencia entre los fondos de inversión y los depósitos a plazo?
Como se puede observar, se trata de productos muy diferentes. Mientras que con los depósitos a plazo fijo el dinero depositado está garantizado, en el caso de los fondos de inversión no es así, pues depende de la evolución de los activos en los que se haya invertido, que puede ser positiva o negativa. Además, el dinero colocado en depósitos a plazo cuenta con el respaldo del FGD, mientras que la inversión en fondos no7.
Por otra parte, respecto de los depósitos, la mayoría de las entidades bancarias permiten la cancelación anticipada (puede haber o no una penalización por hacerlo). Por tanto, en la mayoría de los casos se puede disponer del dinero en cualquier momento. Sin embargo, si se cancela anticipadamente, lo más probable es que se reciba una rentabilidad inferior. Por el contrario, en los fondos de inversión el cliente puede retirar su dinero en cualquier momento, porque es un producto totalmente líquido. Eso sí, debe tener en cuenta que se venderá al valor liquidativo que tenga el fondo en el momento de la venta.
Es cierto que hay muchos tipos de fondos de inversión, por lo que los clientes con un perfil de riesgo moderado o agresivo pueden encontrar el más adecuado para cada uno. Los depósitos a plazo, sin embargo, corresponden claramente a un perfil de inversor conservador por su bajo riesgo. Para cada perfil existe el producto más adecuado que le permite rentabilizar su dinero.
Como el riesgo que se asume con cada uno de estos dos productos es diferente, lo es también la rentabilidad. Ya se sabe que cuanto más riesgo se asuma, más rentabilidad se podría obtener, aunque no está asegurada.
¿Quieres rentabilizar tu dinero? ¡Descubre cómo podrías sacarle partido! Seas como seas, tenemos opciones para ti.
Ten en cuenta que toda inversión en Fondos de Inversión conlleva riesgos, incluidos el riesgo de ausencia de rentabilidad, pérdida del capital invertido y/o el riesgo de tipo de cambio para los productos denominados en divisa distinta del €.
Antes de contratar consulta el nivel de riesgo y la información de cada uno de los Fondos de Inversión comercializados por Open Bank, S.A. detallado en el Folleto Informativo o Documento de Datos Fundamentales para el Inversor (DFI) de cada uno de los Fondos de Inversión, disponible en www.openbank.es y www.cnmv.es.
1Economipedia. Depósito a plazo fijo
2Fondo de Garantía de Depósitos. Preguntas frecuentes
3BdE. La Unión Bancaria: en qué consiste y en qué nos beneficia
4Economipedia. Fondo de inversión
5CNMV. Fondo de inversión
6CNMV. Tipos de fondos
7El FOGAIN es el FONDO GENERAL DE GARANTÍA DE INVERSIONES, cuya finalidad es ofrecer a los clientes cubiertos de las sociedades de valores, agencias de valores y sociedades gestoras de carteras la cobertura de una indemnización en caso de que alguna de estas entidades entre en una situación de concurso de acreedores se tenga judicialmente por solicitada la declaración de concurso de la entidad o se produzca respecto de la entidad una declaración de insolvencia por parte de la Comisión Nacional del Mercado de Valores. Si se da uno de estos supuestos, y como consecuencia de ello, algún cliente no puede obtener la devolución o entrega del efectivo y valores confiados a dicha entidad, el FOGAIN despliega su cobertura e indemniza a tales clientes con un importe máximo de 100.000 euros para los clientes de aquellas entidades que devengan en alguna de las situaciones arriba mencionadas con posterioridad a la entrada en vigor del Real Decreto 1642/2008, de 10 de octubre, esto es, 11 de octubre de 2008.
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