¿Cómo puedo devolver un recibo que ya ha sido cargado en mi cuenta?
En la actualidad pocas son las personas que acuden a las oficinas de los bancos para pagar cualquier tipo de recibo. Por regla general, tendemos a domiciliar los que son habituales y a utilizar nuestra cuenta bancaria para cualquier otro pago que debamos llevar a cabo. Sin embargo, hay ocasiones en las que no estamos de acuerdo con el importe que nos han cobrado o bien no procede el cargo, de manera que tomamos la decisión de devolver un recibo con el objetivo de recuperar el dinero pagado. ¿Siempre es posible hacerlo? ¿Cómo podemos devolver un recibo?
¿Es posible devolver recibos?
La respuesta a esta pregunta es afirmativa. La devolución de un recibo domiciliado (o no) es posible en la mayoría de los casos. Como bien sabemos, los recibos domiciliados se emiten para el pago de servicios regulares, tales como la electricidad, el agua, la telefonía o los seguros e incluso, a veces, para el pago de servicios puntuales. Y puede darse el caso de que encontremos un error en la factura o de que ya hayamos cancelado un servicio concreto. Por ello, sí que es posible devolver un recibo. Así lo asegura el Banco de España: “La normativa de servicios de pago contempla el derecho del cliente a ordenar la devolución de los recibos o adeudos domiciliados que la entidad tiene que atender”1.
Eso sí, si se desea realizar la devolución, es conveniente tener una razón válida y que esté respaldada por los términos contractuales o legales. De ahí que los citados errores de facturación, los cargos indebidos o las cancelaciones de servicios sean los motivos comunes.
¿Qué requisitos se tienen que cumplir para devolver un recibo?
Según el Banco de España, para devolver un recibo autorizado deben darse dos requisitos:
“Que en el momento de autorizarlo no se especificase el importe que se iba a cargar inicialmente”.2
“Que, tras pagar recibos de cuantía similar, se te gire uno cuyo importe exceda bastante3 de los pagados anteriormente”.2
Se podrá acordar entre el banco y el cliente, en el caso de adeudos domiciliados, el derecho a devolución, aun cuando no se cumplan los requisitos anteriores.
Desde el Banco de España lo resumen con el siguiente ejemplo. “Si domicilias el recibo de un seguro con una prima anual de 500 €, importe que se especifica en la póliza en el momento de la contratación, y al año siguiente te cargan 510 €, el recibo no podría ser devuelto. Si ese mismo seguro se contrata sin especificar un importe para la prima y un año te cargan 500 €, y al año siguiente 800 €, podrás devolver el recibo en el plazo de ocho semanas”.2
¿Cómo puedo devolver un recibo?
Para devolver cualquier tipo de recibo, la entidad bancaria pone a disposición de sus clientes diversas vías que les permitan llevar a cabo esta acción:
Siempre se puede acudir a una oficina bancaria personalmente con el DNI.
También existe la opción de hacerlo vía telefónica contactando con el servicio de atención al cliente.
Otra opción la encontramos a través de la banca online. El control de las finanzas personales es muy sencillo. Y es que accediendo a la cuenta bancaria se encuentra esa opción rápidamente. Por ejemplo, desde la App Openbank o desde la página web en el Área Clientes.